Antes de nada la definición “Convention relative au contrat de transport international de marchandises par route” o lo que viene a ser el “Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera”.
El CMR es un convenio fundado ya en mayo de 1956 (por supuesto se ha ido actualizando y se han ido adhiriendo países), que regula la transmisión de carga transfronteriza si como mínimo uno de los dos países está dentro del convenio CMR.
¿Y que menciona?, la responsabilidad en caso de daño, pérdida o retrasos en la mercancía transportada, explica cómo reclamar en estos casos y como se debe gestionar en caso de “transportes sucesivos”. En el día a día se usa para confirmar que el transportista ha recibido una mercancía y que hay un contrato vigente entre ambas partes.
El CMR-e es la versión de la Carta de Porte pero electrónica, se empezó a implementar en 2008 (En 2011 entró en vigor en España) y es totalmente legal. CMR-e aporta las siguientes ventajas:
El expedidor y el transportista serán responsables en caso de:
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